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DECRETO DE LA LIX LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE OAXACA


CIUDADANOS DIPUTADOS INTEGRANTES
DE LA QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA
DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO.
P R E S E N T E S.


Las calles de nuestra ciudad están secuestradas. Cuando nuestro pueblo tenía la esperanza puesta en llegar a vivir tiempos mejores, llegó a tocar la puerta de nuestra casa la violencia, el odio, la ira con su rostro sin ojos. Nosotros nunca estuvimos preparados para vivir con la violencia, ahí están nuestras comunidades indígenas, nuestros municipios, nuestra gente, que saben existir en paz. Tenemos aproximadamente el 25% de la división política de esta gran nación y hasta hace un tiempo las noticias que salían de nuestra tierra eran sobre hechos consumados con esfuerzo y talento, logros de la sensibilidad y el espíritu. Así lo dicen nuestros pintores, nuestros artistas. Los municipios se desarrollaban en paz, hasta hace más de 100 días en que llegaron a robarnos la calma.

Fuimos nosotros los integrantes de esta Legislatura, quienes al suscitarse el problema magisterial exhortamos a los dirigentes. de la Sección XXII del SNTE a encausar por las vías legales sus reclamaciones para mejorar las condiciones laborales del profesorado, aclarando que la rezonificación, punto central de esas exigencias, está más allá de las posibilidades del erario estatal. Los integrantes de las distintas fracciones parlamentarias, sin duda alguna, coincidimos en la demanda laboral del magisterio. Quienes tienen en sus manos la educación de nuestros hijos merecen mejores condiciones de vida.

Con el mejor de los ánimos, como representantes populares, les pedimos también deponer su actitud exigente para no perjudicar el proceso educativo de la niñez oaxaqueña.

Llegaron a nuestra vida los días de la violencia, el encono. Lo que el pueblo eligió, un grupo de desconocidos quiere echar por tierra. Desde nuestras autoridades legalmente constituidas, hasta obras, caminos, escuelas, hospitales. Un día amanecimos con la noticia de que ya nuestras calles no eran nuestras calles. Que les pertenecían a encapuchados, mujeres y hombres sin rostro. En la calle, en el barrio, en la colonia, nuestra gente no sabe qué hacer, cómo responder, porque somos gente de paz no de guerra, de armonía no de violencia. Sabemos muy bien que la existencia del hombre es muy corta como para desperdiciarla en el insulto y la división.

Lejos de atender ese llamado, las organizaciones radicales intensificaron sus exigencias pasando a la realización de sus acciones negativas consistentes en interrumpir los servicios públicos, cerrar establecimientos comerciales y bancarios, bloquear vías generales de comunicación, bloquear el aeropuerto internacional "Benito Juárez" agredir el servicio público de transporte, incendiar unidades del mismo, utilizar otras para obstaculizar el paso en diferentes puntos de la ciudad, secuestrar a servidores públicos, extorsionar a particulares, apoderarse de radiodifusoras de los sectores públicos y privados, con lo cual han generado de hecho la paralización casi total de las actividades económicas, entre éstas la turística, además del encarecimiento general de la vida, generando así un clima de inseguridad para todos los habitantes de la capital y municipios conurbados.

El clima de intranquilidad que se vive en la Ciudad de Oaxaca permitió desde un primer momento que la delincuencia saliera impunemente a las calles. Así, los vecinos observan con desesperación el robo de vehículos y casas habitación, sin que sus llamados a los cuerpos policíacos estatales puedan ser atendidos al estar bloqueadas las corporaciones por miembros del magisterio y organizaciones radicales.

Todo lo anterior, pone de manifiesto que en la Ciudad de Oaxaca prevalece un trastorno interior que ha roto el orden público, por lo que se requiere la protección de los Poderes de la Unión, no para reprimir, sino para restablecer el orden público dentro del cual todos tengan iguales oportunidades para ejercitar sin cortapisas de ninguna especie sus derechos y libertades.

El artículo 59 fracción XLIX de la Constitución Política Local dispone que son facultades de la Legislatura:

"Excitar a los Poderes de la Unión a que presten protección al Estado en los casos señalados en el Artículo 119 de la Constitución Federal, aún en el caso de que los perturbadores del orden interior del Estado declaren que su acción no va en contra del Gobierno Federal."

Por su parte, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su numeral 119 lo siguiente:

"Artículo 119.- Los Poderes de la Unión tienen el deber de proteger a los Estados contra toda invasión o violencia exterior. En cada caso de sublevación o trastorno interior, les prestarán igual protección, siempre que sean excitados por la Legislatura del Estado o por su Ejecutivo, si aquella no estuviere reunida."

El ejercicio por esta Legislatura de su facultad anotada, tiene por único propósito el que la presencia de las Fuerzas Federales contribuya al restablecimiento del orden público, la normalización de las funciones del Gobierno del Estado y de sus instituciones, así como la protección de la sociedad civil, garantizando los derechos de libre tránsito, la salvaguarda de la integridad física y patrimonial de las personas, así como la normalización de las actividades económicas.

Debe enfatizarse que el hecho de pedir esa protección, no excluye la posibilidad de una nueva etapa de negociaciones basadas en el entendimiento racional de los intereses superiores de Oaxaca y de México.

En virtud de lo anteriormente expuesto, nos permitimos someter a la consideración de esta Honorable Soberanía, el siguiente proyecto de:

D E C R E T O:

ARTICULO PRIMERO.- La Quincuagésima Novena Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, con fundamento en los artículos 119 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 59 fracción XLIX de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, excita a los Poderes de la Unión a prestar protección al Estado de Oaxaca, ante la situación del trastorno interior.

ARTICULO SEGUNDO.- La protección que se pide está principalmente dirigida al ciudadano Presidente de la República, en el sentido de acatar su deber constitucional de auxiliar al Estado de Oaxaca, mediante la presencia de las Fuerzas Federales a fin de restablecer la paz social, el orden público, evitar actos vandálicos y dar protección a los ciudadanos en general.

ARTICULO TERCERO.- Los Diputados integrantes de esta Quincuagésima Novena Legislatura, deberán trasladarse conjuntamente a la capital del país, con el objeto de hacer entrega del presente decreto en propia mano al ciudadano Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a los Presidentes de las Cámaras de Diputados y de Senadores al Congreso de la Unión y al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

ARTICULO CUARTO.- Comuníquese el presente Decreto al C. Gobernador Constitucional del Estado, LIC. ULISES RUIZ ORTIZ, para su conocimiento y efectos constitucionales.

T R A N S I T O R I O

UNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su aprobación, publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.


A T E N T A M E N T E
"SUFRAGIO EFECTIVO NO RELECCION"
EL RESPETO AL DERECHO AJENO ES LA PAZ
Oaxaca de Juárez, Oax., 14 de septiembre de 2006

LA COMISION PERMANENTE DE
CONCERTACIÓN PARLAMENTARIA


DIP. BULMARO RITO SALINAS
COORDINADOR DE LA FRACCIÓN PARLAMENTARIA DEL PRI

DIP. CARLOS ALBERTO MORENO ALCÁNTARA
COORDINADOR DE LA FRACCIÓN PARLAMENTARIA DEL PAN

DIP. EFRÉN RICÁRDEZ CARMONA
PRD

DIP. GENARO VÁSQUEZ COLMENARES
COORDINADOR DE LA FRACCIÓN PARLAMENTARIA DE CONVERGENCIA

DIP. ANA LUISA ZORRILLA MORENO
PVEM

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